|
PUBLICACIONES DE ACTUALIDAD:
|
Debido a las practicas actuales de negocios, cada día que pasa, son más las compañías que se ven involucradas en operaciones internacionales de negocios, ya sea con compañías que pertenezcan al mismo grupo corporativo en el extranjero o con una compañía extranjera sin ninguna relación en especial.
Por lo anterior, se generan múltiples derechos y obligaciones en materia impositiva.
Entre otras obligaciones, las compañías con este tipo de operaciones deben cumplir con lo siguiente:
• Regulaciones de precios de transferencia.
• Tratados para evitar la doble tributación.
• Reglas de establecimiento permanente.
• Régimen especial de Maquiladoras o PITEX.
• Impuesto acreditable pagado en el extranjero.
• Territorios con regímenes fiscales preferentes.
• Requerimientos de información del SAT.
Es incuestionable la necesidad de obtener ayuda de especialistas con el fin de mantener un consejo sólido que proporcione seguridad para manejar correctamente estas obligaciones.
Gossler, consciente de estas necesidades ha establecido un compromiso permanente de estructurar la firma en la mejor manera posible para estar en posibilidades de brindarle a sus clientes este tipo de servicios.
Este esfuerzo ha resultado en la creación del “Equipo de Asuntos Internacionales (IAT)” en el que nuestros mejores especialistas se han concentrado en el estudio y la estructura de los diversos asuntos fiscales que hemos mencionado anteriormente.
Hemos podido estructurar una serie de soluciones concretas y efectivas para dar respuesta a sus necesidades tributarias internacionales. Usted puede descansar tranquilo sabiendo que sus asuntos tributarios internacionales serán manejados con el más absoluto profesionalismo.
Pregunte por el “IAT” y le informaremos en detalle lo que Gossler puede hacer por sus compañía con el fin de nulificar cualquier riesgo fiscal en sus operaciones internacionales
|